Saltar al contenido

Artículo 28 del Decreto 16

Sanidad y protección animal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3954 · idParte: 7115176

Texto oficial

Artículo 28° Se presume dueño del animal que lleva una marca registrada a la persona a quien pertenezca dicha marca, según el correspondiente Registro.