Saltar al contenido

Artículo 1 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Fija texto refundido sistematizado y coordinado de las disposiciones legales relativas a la direccion general del credito prendario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3963 / 8481513.

Texto oficial

Art. 1° Artículo 1°.- La Dirección General del DFL. 33 Crédito Prendario, en adelante la Dirección, de 1983 es una Institución autónoma del Estado, con personalidad jurídica de Derecho Público y patrimonio propio, de duración indefinida que se relaciona con el Ejecutivo a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo.