Texto oficial
Art. 39° y 3° Artículo 2°.- No obstante lo
transitorio dispuesto en el artículo 63°,
del DFL. 33 mantendrán su vigencia los
de 1983. reglamentos aplicables a la
Dirección mientras no se dicten
otros que los reemplacen,
en cuanto no fueren incompatibles
con el Decreto
con Fuerza de Ley N° 33 de 1983.