Texto oficial
Artículo 13°.- Del Departamento de Operaciones dependerán los siguientes Subdepartamentos y Secciones:
a) Subdepartamento de Cuentas Individuales: con las Secciones Informe de Cuentas y Mantención de Cuentas;
b) Subdepartamento de Pago de Beneficios: con las Secciones Modificación de Beneficios; Control y Pago de Beneficios; Mantención de Pensiones y Subsidios;
c) Subdepartamento de Prestaciones: con las secciones Centro Generador de Informes Previsionales; Desafiliaciones, y Pensiones;
d) Subdepartamento de Informática: con las Secciones Procesamiento de Datos y Microcomputación;
e) Sección Bono de Reconocimiento;
f) Sección Control Empleadores;
g) Sección Coordinación Módulos Computacionales.