Texto oficial
Artículo 17°.- En caso de ausencia o impedimento, los jefes de departamento serán subrogados por el respectivo jefe de subdepartamento, en el orden que fije el Director si hubiere más de uno.
Fija estatuto orgánico del instituto de normalizacion previsional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3977 / 7115356.