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Artículo 1 de la Ley 8.588

Ley n.o 8,588 dispone cumplir y llevar a efecto como ley de la república el convenio sobre revisión de textos escolares, suscrito con la república del uruguay.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 400267 / 10174288.

Texto oficial

Artículo 1° El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, harán que se proceda a una revisión de los textos adoptados para la enseñanza de la historia nacional en sus respectivos países, destacando en ellos, de manera ponderada y verídica, cuanto sirva al conocimiento, buena inteligencia y cooperación entre ambos países y especialmente las actuaciones llevadas a cabo en aras de la solidaridad interamericana, los actos que representen un aporte a la convivencia pacífica de los Estados y el desarrollo y progreso de la vida jurídica nacional e internacional, y la influencia general de sus valores morales, científicos, intelectuales y artísticos.