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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 21

Modifica las plantas de personal del servicio nacional de pesca

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4035 · idParte: 8253769

Texto oficial

Artículo 1°.- Modifícanse las plantas de personal del Servicio Nacional de Pesca del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que a continuación se indican, fijadas por Ley N° 18.827 de 1989 y adecuadas por DFL N° 6/18.834 de 1990, en el sentido de que se crean los siguientes cargos con los grados que se señalan: Planta/cargos Grado EUS. N° cargos Directivos Jefe de Departamento 5° 1 Director Regional 5° 1 Jefes Sección 11° 2 Profeccionales Profeccionales 17° 34 Técnicos Técnicos 19° 25 Técnicos 20° 14 Administrativos Administrativos 21° 2 Administrativos 23° 4 Auxiliares Auxiliares 25° 9