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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Crea el ministerio del trabajo y prevision social con dos subsecretarias y el ministerio de salud publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4077 · idParte: 7115668

Texto oficial

Artículo 5.o Las siguientes instituciones se relacionarán con el Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Salud: a) Servicio Nacional de Salud; b) Servicio Médico Nacional de Empleados; e) Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios, y d) Polla Chilena de Beneficencia.