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Artículo OCTAVO del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Fija planta de personal y dotacion del servicio de salud: metropolitano - central

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4103 · idParte: 7115774

Texto oficial

ARTICULO OCTAVO.- La Planta de Personal y demás disposiciones del presente decreto con fuerza de ley regirán a contar del primero de Agosto de 1980.