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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Fija planta de personal y dotacion del servicio de salud: metropolitano - central

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4103 / 7115775.

Texto oficial

ARTICULO TRANSITORIO.- Los cargos de Directores de Hospital a que se refiere el artículo segundo de este decreto podrán remunerarse y desempeñarse indistintamente bajo el régimen de la ley 15.076 o del decreto ley 249, de 1973, sólo hasta el primero de Agosto de 1983, fecha en que quedarán afectos únicamente al régimen establecido en el último de los cuerpos legales citados.