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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto orgánico de la academia superior de ciencias pedagogicas de santiago

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4105 · idParte: 5861875

Texto oficial

ARTICULO 26°- Habrá un Consejo Superior, encargado de asesorar al Rector y de pronunciarse en las materias que éste le encomiende. Estará integrado por el Rector que lo presidirá, por las autoridades señaladas precedentemente y por los Directores de los Departamentos Académicos.