Texto oficial
Artículo 11°.- Respecto a los servicios traspasados a las Municipalidades de La Cisterna y San Bernardo, que correpondan al territorio jurisdiccional de la Municipalidad de El Bosque serán aplicables las normas de los artículo 4°, 5°, 6° y 7° de la Ley N° 18.294.