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Artículo 31 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Fija ley orgánica por la que se regira la caja de;prevision de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4148 / 8737921.

Texto oficial

Artículo 31.o La Caja no pagará intereses por los valores no cobrados por los beneficiarios. No podrá invertir sus fondos en fines distintos a los determinados expresamente por esta ley.