Texto oficial
Artículo 4.o El personal que actualmente se encuentra acogido a un régimen de previsión distinto del que establece el presente decreto podrá continuar en él.
Refunde en el "servicio medico nacional de;empleados", los servicios medicos de las instituciones;de prevision social que se mencionan
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4158 / 8988019.