Texto oficial
Art. 21°.- El personal, de acuerdo con el puntaje que
se le asigne, será ubicado en las siguientes listas:
Lista N° 1 de Mérito.
Lista N° 2 Buena.
Lista N° 3 Regular.
Lista N° 4 Mala.
Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4168 / 8626661.