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Artículo 56 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4168 / 8626699.

Texto oficial

Art. 56°.- El funcionario del Servicio Exterior calificado por resolución firme en lista N° 4 o por dos años consecutivos en lista N° 3, deberá presentar su renuncia al Servicio dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la resolución respectiva. Si así no lo hiciere, se declarará vacante el cargo.