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Artículo 94 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4168 / 8626748.

Texto oficial

Art. 94°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá, por resolución fundada, otorgar fondos para gastos de representación y secretaría a los funcionarios del Ministerio, personas o delegaciones que sean comisionados de acuerdo con las disposiciones del presente estatuto. Las personas, funcionarios o delegaciones que hayan recibido fondos para gastos de representación o secretaría en conformidad al inciso anterior, deberán rendir cuenta global y documentada respectivamente, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.