Texto oficial
Artículo 123.- El Personal de la Subsecretaría de
Relaciones Económicas Internacionales y de la Dirección
General de Promoción de Exportaciones que sea designado
para una comisión en el exterior o fuera de su sede,
tendrá derecho a pasajes y a un viático idénticos al que
corresponda al funcionario de la Planta del Servicio
Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, con cuyo
rango fuere comisionado. Mantendrá también el goce de su
remuneración en moneda nacional o extranjera, según
corresponda.