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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 35

Crea universidad de magallanes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4192 / 7116096.

Texto oficial

Artículo 1°.- Créase a contar de la fecha de vigencia de esta ley, la Universidad de Magallanes, institución de educación superior independiente, autónoma, con personalidad jurídica propia. Su representante legal es el Rector.