Texto oficial
Artículo 3.o No podrá exhibirse en el territorio nacional película cinematográfica alguna, nacional o extranjera, sin que haya sido previamente autorizada por el Consejo de Censura Cinematográfica, de acuerdo con las disposiciones del presente decreto con fuerza de ley.
El Consejo de Censura Cinematográfica es un organismo técnico que depende directamente del Ministerio de Educación Pública y su misión es orientar la exhibición cinematográfica en el país y efectuar la calificación de las películas, de acuerdo con las normas que más adelante se establecen.
El Consejo estará formado por las siguientes personas:
A) El Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos que lo presidirá;
B) Dos representantes del Presidente de la República, de su libre elección, de los cuales uno deberá ser médico psiquiatra y el otro un ex magistrado de los Tribunales Superiores de Justicia.
C) Un representante de la Universidad de Chile, designado por el Presidente de la República, a propuesta en terna de dicha Universidad;
D) Un representante de la Universidad Católica de Chile, designado por el Presidente de la República, a propuesta en terna de dicha Universidad;
E) Un representante de las Asociaciones de Padres de Familia, con personalidad jurídica de los Establecimientos Fiscales de Educación Secundaria, y F) Un representante de las Asociaciones de Padres de Familia, con personalidad jurídica, de los Establecimientos Particulares de Educación Secundaria, designado por la Federación Nacional de Asociaciones de Padres de Familia (FEDAP).
Cada miembro del Consejo tendrá un suplente designado en la misma forma que el titular.
El Secretario-Abogado de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos o la persona que reemplace al Director General, actuará como suplente de éste.
Los suplentes podrán asistir a todas las sesiones del Consejo con derecho a voto y a remuneración siempre que no asista el titular.
El Consejo sesionará con el quórum de la mayoría de sus miembros y adoptará sus acuerdos por mayoría de los miembros presentes.