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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 38

Crea cargo en la planta de personal del servicio de salud metropolitano sur-oriente

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4216 / 5862401.

Texto oficial

Artículo 3°.- El mayor gasto que represente la aplicación de este decreto con fuerza de ley se imputará al subtítulo 21 del Presupuesto del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente.