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Artículo 4 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 42

Declara en reorganizacion y fija la planta y rentas del personal de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4236 · idParte: 7116206

Texto oficial

Artículo cuarto transitorio.- La primera diferencia de remuneraciones que resulte de la aplicación del presente decreto con fuerza de ley se enterará a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, en cinco cuotas iguales, que se descontarán mensualmente al personal.