Texto oficial
Artículo 1°.- Las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, en adelante Cajas de Compensación, son personas jurídicas de derecho privado, sin finalidad de lucro, regidas por las normas contenidas en este Estatuto y sus reglamentos y en sus propios estatutos, cuyo objeto es la administración de prestaciones de seguridad social.
Las Cajas de Compensación son entidades de previsión social.