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Artículo 10 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 42

Aprueba estatuto general de las cajas de compensacion de asignacion familiar

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4238 / 8988270.

Texto oficial

Artículo 10°.- No obstante lo dispuesto en el número 9 del artículo 40°, se mantendrán en vigor los regímenes indemnizatorios en él señalados, contenidos en convenios o actas de avenimiento vigentes, pero sólo respecto de los trabajadores en actividad a la fecha de publicación de este Estatuto.