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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 45

Crea cargos en la planta de personal del servicio de salud araucania

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4265 / 5862636.

Texto oficial

Art�culo 3°.- El mayor gasto que represente la aplicación de este decreto con fuerza de ley, se imputará al subtítulo 21 del Presupuesto del Servicio de Salud Araucanía.