Texto oficial
Artículo 8.o El cálculo de entradas del presupuesto de capital se clasificará en:
1.- Ingresos provenientes de la tributación al cobre de la "Gran Minería".
2.- Fondo especial financiado con el excedente estimado de ingresos del presupuesto corriente.
3.- Producto de la colocación de títulos de crédito y contratación de empréstitos, y
4.- Producto de la enajenación de bienes fiscales.