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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 48

Fija estatuto del personal y plantas de la direccion nacional de fronteras y limites del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4282 / 9032659.

Texto oficial

Párrafo 1° (ART. 1) CAPITULO I (ART. 1) Disposiciones Generales Artículo 1°.- Las disposiciones contenidas en los artículos 2° y 3°, además de las del Capítulo IV, del Estatuto del Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, serán aplicables al personal de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, y en lo demás se regirá por las normas de la Administración Civil del Estado.