Texto oficial
Artículo 12°- Corresponderá en general al
Departamento Administrativo:
a) Cumplir la política de administración general;
b) Apoyar al Director General en la formulación,
tramitación y ejecución del presupuesto de la Dirección
General;
c) Efectuar las adquisiciones de los bienes y
suministros que el Servicio requiere para el cumplimiento de
sus funciones;
d) Desempeñar la función de administración del
personal;
e) Confeccionar y controlar el inventario de bienes del
Servicio;
f) Organizar y llevar los registros de ingreso,
distribución y despacho de la documentación del Servicio;
g) Llevar los archivos generales del Servicio;
h) Cumplir con las demás funciones que le delegue el
Director General.
i) Absolver las consultas que le formulen las distintas
Direcciones y Departamentos.
El Departamento Administrativo dependerá del Director
General.