Texto oficial
Artículo 21°- Por decreto supremo del Ministerio de
Relaciones Exteriores, que deberá llevar además la firma
del Ministro de Hacienda, deberá reglamentarse el presente
decreto con fuerza de ley.
Crea la direccion general de relaciones economicas internacionales del ministerio de relaciones exteriores y establece su estatuto orgánico
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