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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 76

Reorganiza la caja de colonizacion agricola

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4459 · idParte: 8466787

Texto oficial

Artículo 27.o tanto la Caja como el propietario podrán reclamar de la tasación ante la justicia ordinaria dentro de los veinte días habiles siguientes a aquel en que la Caja notifique al expropiado dicha tasación.