Texto oficial
Artículo 5° E.- Los Directores están obligados a
guardar reserva respecto de los negocios de la Empresa y de
la información a que tengan acceso en razón de su cargo y
que no haya sido divulgada oficialmente por el Directorio.
No regirá esta obligación cuando la reserva lesione el
interés de la Empresa o se refiera a hechos u omisiones
constitutivas de infracción a las leyes.