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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 104

Crea la superintendencia de educacion publica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4615 / 8824029.

Texto oficial

Art. 5.o El Secretario General Técnico de la Superintendencia y el Asesor Coordinador de la Oficina Técnica serán designados por el Presidente de la República y deberán ser profesores con título del Estado y con 10 años de servicios a lo menos en funciones educacionales públicas.