Texto oficial
Artículo 90.- El Banco estará exento del pago de contribuciones e impuestos fiscales o municipales, sin excepción alguna.
Crea el banco del estado de chile, formado por la fusion de las entidades que detalla
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4705 / 7117405.