Texto oficial
B.- ESCALAFONES
Artículo 16.o El personal del Cuadro Permanente y de Gente de Mar se agrupará en Escalafones Regulares y Escalafones Especiales, en la forma que lo establezca el Reglamento Complementario del Presente D.F.L., el que además fijará los grados que integrarán cada Escalafón.