Texto oficial
Artículo 50.o Mientras se encuentran en trámite los mensajes del Ejecutivo para recabar del Senado la aprobación para conferir los grados de Coronel, General de Brigada y General de División (E), o sus equivalentes en la Armada y Fuerza Aérea, se aumentarán las plazas correspondientes al número y grado de los Oficiales cuyos ascensos se hallen en tramitación, a fin de que sean llenadas por los Oficiales de los grados inferiores que tengan cumplidos los requisitos para el ascenso.