Texto oficial
Artículo 81.o Para ascender a Teniente Coronel Auditor se requiere:
a) Haber servido cuatro años, a lo menos, en el grado de Mayor Auditor; y
b) Haber sido aprobado en el Curso de Informaciones en la Academia de Guerra.
De la clasificacion, nombramientos, ascensos y calificacion del personal de las fuerzas armadas.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4718 / 8824122.