Texto oficial
Artículo 139.o Para ascender a Capitán de Navío Auditor se requiere:
a) Haber servido cinco años, a lo menos, en el grado de Capitán de Fragata Auditor; y
b) Haber sido aprobado en un curso de la Academia de Guerra Naval.
De la clasificacion, nombramientos, ascensos y calificacion del personal de las fuerzas armadas.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4718 / 8824180.