Texto oficial
1.- OFICIALES DE LINEA
a) Oficiales del Aire
Artículo 158.o Para ascender a Teniente se requiere:
a) Haber servido cuatro años, a lo menos, en el grado de Subteniente;
b) Estar en posesión de alguna de las especialidades de vuelo establecidas en el Manual de Clasificación de Oficiales de la Fuerza Aérea de Chile; y
c) Haber cumplido con los requisitos de vuelo que establezca el Reglamento Complementario del presente D.F.L.