Texto oficial
TITULO V {Arts. 232-265}
Calificaciones, Juntas Calificadoras y de
Apelaciones
CAPITULO I {Arts. 232-247}
Disposiciones comunes
Artículo 232.o El desempeño funcionario del Personal de Planta, será anualmente calificado por los Comandantes o Jefes de Reparticiones de quienes dependan directamente, basándose para ello en los conceptos contenidos en las correspondientes Hojas de Vida.
Sólo las Calificaciones del Personal del Cuadro Permanente y de Gente de Mar llevarán proposición de Lista de Clasificación.