Texto oficial
Artículo 234.o Para el conocimiento, estudio y valorización de las Calificaciones del Personal de Planta, se constituirán anualmente Juntas Calificadoras y Juntas de Apelación en cada una de las Instituciones de las Fuerzas Armadas.
Para los Oficiales, hasta la Jerarquía de Oficiales Superiores inclusive, y Empleados Civiles funcionarán sólo dos Juntas: La Junta Calificadora y la Junta de Apelación.