Texto oficial
Artículo 13.o Los actuales Oficiales del "Escalafón de la Rama del Aire", Fuerza Aérea, establecido en el Art. 11 del Reglamento Complementario del D.F.L. N.o 148, de 1953, pasarán a integrar el "Escalafón de Oficiales del Aire".
De la clasificacion, nombramientos, ascensos y calificacion del personal de las fuerzas armadas.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4718 / 8824327.