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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 133

Decreto Con Fuerza de Ley 133

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4733 / 5864473.

Texto oficial

Artículo 1.o Reemplázase en el inciso 1.o del Artículo 39 del decreto-ley orgánico del Banco Central de Chile número 486, de 21 de Agosto de 1925, reformado por decreto-ley número 575 de 29 de Septiembre de 1925 las palabras "Asociación de Productores de Salitre de Chile" por "Compañía de Salitre de Chile".