Saltar al contenido

Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 144

Decreto Con Fuerza de Ley 144

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4788 / 5864637.

Texto oficial

Art. 13. Para los efectos de las leyes y reglamentos del Ejército, el personal no letrado a que se refiere este decreto, tendrá la calidad de empleado civil del Ejército.