Saltar al contenido

Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 144

Decreto Con Fuerza de Ley 144

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4788 / 5864638.

Texto oficial

Art. 14. Suprímese de la planta del Ejército el cargo de Fiscal General de Guerra, los dos cargos de Ministros de la Corte Marcial y el cargo de Auditor de Guerra de segunda clase con asiento en Valparaíso, y de la planta del Cuerpo de Carabineros, el siguiente personal: un Fiscal Militar de Carabineros de Santiago; un Fiscal Militar de Carabineros de Valparaíso; un secretario-abogado de la Prefectura General de Antofagasta; un secretario-abogado de la Prefectura de Valdivia y un dactilógrafo primero (secretario de la Fiscalía de Carabineros de Santiago).