Texto oficial
Artículo 6°.- Corresponderá a esta Universidad, en el
ámbito de su competencia, concurrir con servicios de la
Administración del Estado a la solución de cualquier
problema que afecte a los intereses del país y
principalmente de la V Región y actuar coordinando su
acción con otras universidades, servicios estatales,
municipalidades y organizaciones del sector privado u
organismos comunitarios para la promoción del desarrollo
regional.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Universidad
podrá ejecutar los actos y celebrar las convenciones que
sean necesarias, sujeta a las limitaciones establecidas en
este Estatuto.