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Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 147

Estatuto universidad de valparaiso

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4807 · idParte: 9070831

Texto oficial

Artículo 28°.- Los bienes y entradas que integren el patrimonio de la Universidad de Valparaíso serán administrados por ésta con plena autonomía. La Universidad elaborá anualmente su presupuesto, en la forma determinada por este Estatuto y los reglamentos pertinentes, sin perjuicio de las modificaciones que la misma Universidad podrá introducir en su presupuesto, como consecuencia de la creación, modificación, fusión o supresión de unidades académicas o de servicios o cuando lo estime conveniente la Junta Directiva a propuesta del Rector.