Texto oficial
Del Controlar {ARTS. 17-18}
Artículo 17°.- Es el funcionario superior, Jefe de la
Contraloría Interna de la Universidad, organismo encargado
de ejercer el control de la legalidad de los actos de las
autoridades de la Corporación, de fiscalizar el ingreso y
uso de sus fondos, de examinar las cuentas de las personas
que tengan a su cargo bienes de la misma, velar por el
correcto desempeño de los funcionarios de la Universidad y
en general desempeñar las demás funciones que se señalen
en una ordenanza dictada por la Junta Directiva.