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Artículo 60 del Decreto Con Fuerza de Ley 148

Estatuto universidad de antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4812 · idParte: 9033308

Texto oficial

Artículo 60°.- La Universidad de Antofagasta gozará de la exención de cualquier impuesto, contribución, derecho, tasa, tarifa, patente, y otras cargas y tributos de los cuales estaba exenta la Universidad de Chile a la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley.