Texto oficial
Del Consejo de Facultad (ARTS. 26-27)
ARTICULO 26° El Consejo de Facultad es una autoridad
colegiada, integrada por el Decano, que lo presidirá, y
otros miembros cuyo número y forma de designación se
determinarán en el Reglamento que para el efecto se dicte.
Será función principal del Consejo de Facultad asesorar al
Decano y actuar como cuerpo consultivo del Rector en todas
las materias relacionadas con las actividades de la
Facultad.