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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 149

Estatuto orgánico de la universidad de santiago de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4817 / 9119645.

Texto oficial

ARTICULO 27° Son atribuciones especiales del Consejo de Facultad: a) Elaborar los programas de docencia, de investigación y de extensión que desarrollará la Facultad; b) Proponer al Rector el nombramiento de los profesores de la Facultad, conforme a la reglamentación vigente; c) Proponer al Decano los integrantes de las comisiones examinadoras de grados y títulos; d) Proponer al Rector la creación y reorganización de las estructuras de la Facultad; e) Proponer al Rector los planes de estudios de la Facultad, con su respectiva reglamentación; f) Pronunciarse sobre la Memoria que el Decano deberá presentar al Rector, al término del año lectivo; y g) Cualquiera otra función que el Rector y los Reglamentos le encomienden.